Medidas laborales en Brasil y España en tiempos de coronavirus

Medidas laborales en Brasil y España en tiempos de coronavirus

Bajo el título “Medidas jurídicas extraordinarias y alternativas laborales en Brasil y en España ante la crisis del COVID-19”, la Cámara de Comercio Brasil-España (CCBE) ha organizado un nuevo webinar, que ha contado con la participación del despacho brasileño Soto Frugis Advogados y la firma española Uría Menéndez. 

Gracias a esta iniciativa, la CCBE tiene como objetivo “seguir informando y asesorando a empresas sobre las novedades que giran en torno al coronavirus, compartiendo así la experiencia de otros socios para ayudar a otros muchos”, ha declarado Carolina Carvalho, consultora de la Cámara.

Haciendo hincapié en Brasil, Eduardo Soto Pires, socio de Soto Frugis Advogados, ha hablado sobre la Medida Provisional 927, del 22 de marzo de 2020, que recoge “medidas laborales que los empresarios pueden adoptar para preservar el empleo y los ingresos, con el fin de hacer frente al Estado de Calamidad Pública, reconocido el pasado 20 de marzo, así como la emergencia de salud pública de importancia internacional, tras el COVID-19, decretado por el Ministerio de Estado de Salud el 3 de febrero”, ha señalado Soto.

En este sentido, con la finalidad de hacer frente los efectos económicos, los empresarios brasileños pueden adoptar medidas como el teletrabajo, anticipación de vacaciones individuales, concesión de vacaciones colectivas, uso y anticipación de días festivos, bolsa de horas, suspensión de los requisitos administrativos y de seguridad y salud en el trabajo y el aplazamiento del pago del Fondo de Indemnización por Despido (Fundo de Garantía por Tempo de Serviço). 

Por su parte, Mario Barros García, socio de Uría Menéndez, ha analizado las medidas que se han ido aprobando en España desde el 14 de marzo, fecha en la que se estableció el Estado de Alarma, y en la que se determinó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, indicando también la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.

A raíz de este decreto, se han aprobado otras tres normas más. “Según mi experiencia son decretos que se han dictado de una manera muy rápida y, por tanto, pueden generar incertidumbre”, ha afirmado Barros.

Hasta la fecha, estas normas son:  

  • Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
  • Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.
  • Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Sin duda alguna, y a raíz de la crisis del coronavirus, las medidas en el ámbito laboral, tanto brasileño como español, están cambiando prácticamente cada día. Sin embargo, la CCBE está trabajando en analizar exhaustivamente cada una de las medidas presentes y futuras para ayudar y asesorar a los socios en las materias que más lo necesiten.